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Descripción de la Función General:

Dar cumplimiento a lo que estipula el penúltimo párrafo del Artículo 16 de la Ley Orgánica, el Artículo 58 del Estatuto General y Artículo 5 del Reglamento Interno de Honorable Consejo Universitario, donde indican que el Secretario General de la Universidad fungirá como Secretario del Consejo Universitario, dicha función la realizará a través de la Unidad de Instrumentación y Seguimiento de Acuerdos del H. Consejo Universitario y Consejos Técnicos.

 

Funciones Específicas: